Caracas, 18 de Junio, 2014
COMUNICADO OFICIAL CALLE CIEGA
Estimados, Señores, Contratistas, Promotores de eventos, Medios de
Comunicación, Radio Prensa y televisión, público en General, la presente es con
la finalidad de informar la situación legal de la Agrupación Musical Calle Ciega, en vista de que existen personas
que pretenden derechos de Explotación fraudulenta de la Marca sin realmente
tenerlos, valiéndose de artilugios poco convincentes y que no se apegan a la
realidad y a la legalidad.
También es nuestra intención con este comunicado advertirles que hacerse
eco de este delito acarrea consecuencias legales que estamos dispuestos a tomar
con el fin de evitar se configure la usurpación de la Marca Calle Ciega que
hasta que no se demuestre lo contrario solo puede ser representada por Enrique
Verhelst quien posee los derechos de sesión de la Marca debidamente registrada
ante el SAPI, y por Rafael Quintana quien está legalmente autorizado, cualquier
otra persona que pretenda hacerlo, estaría delinquiendo.
CRONOLOGÍA DEL PROCESO :
Tres años Después de la muerte de nuestro socio y amigo Jhony Núñez, se desato una lucha de los
familiares por una herencia inexistente, ya que él hoy difunto, en vista de su
situación médica había cedido antes de su deceso los derechos de la marca Calle Ciega a Enrique Verhelst y vendido
sus acciones en la compañía que representaba dicha marca. Este hecho se
demuestra en sendos documentos Notariados y Debidamente registrados según los
requerimientos legales de nuestro país.
Inicialmente incoaron una demanda penal por uso indebido de documento falso,
este proceso empezó en el año del 2006, y en el intentaron desconocer la junta
de asamblea que señala la venta de las acciones de la Empresa Calle Ciega C.A. por parte del Sr. Jhony Núñez a Enrique Verhelst,. Rafael Quintana y Félix Rodríguez,
este documento esta notariado y registrado tal como lo exige la ley, pero ellos
alegan falsa la rúbrica que lo avala ante notario, y los testigos
correspondientes.
Esta causa después de ocho años
llego hasta el tribunal supremo de Justicia ya que fue apelado por los
Demandantes según el derecho que la ley les otorga y actualmente se encuentra
en etapa de control sin ningún tipo de decisión definitiva, a pesar de que en
la instancias primarias del proceso, dos tribunales, dictaminaron el
sobreseimiento de la causa a favor de
los demandados, Rafael Quintana, Félix Rodríguez y Enrique Verhelst. Pero
en el tribunal supremo detectaron una falla en el procedimiento de la sentencia
(error de forma) y lo remitieron a la etapa de control, no existe juicio
iniciado en este caso.
Posterior a esto en el 2009 en vista del fracaso de la demanda penal,
intentaron un Juicio Civil, (Tacha de la
firma) alegando que el documento de sesión, también era falso a pesar de
estar debidamente notariado, este proceso resulto
a favor de Enrique Verhelst, quien es el beneficiario de la sesión de la
marca debidamente registrada ante el SAPI, a quienes el tribunal ordeno en la
sentencia el registro de la sesión según el proceso administrativo
correspondiente, esta institución autónoma, alega retraso procesal en el
registro y por eso no aparece en la pagina correspondiente el registro de la
Marca a Nombre del Cesionario Enrique Verhelst.
Este Juicio emitió una SENTENCIA
DEFINITIVA que avala validez del documento objetado y también fue apelada por
medio de una solicitud de amparo ante la
sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia quienes declararon
improcedente la pretensión de los Demandantes. Esta decisión es lo más
definitivo y firme en todo este caso, y es a favor de Enrique Verhelst P. quien
actualmente posee los derechos de la marca.
Luego en vista de otro fracaso, intentaron un nuevo proceso civil sobre
el mismo documento de cesión notariado y cuyo beneficiario es el Sr. Enrique Verhelst, esta vez
alegando nulidad de contrato por no haber sido aceptado por el beneficiario en
su oportunidad, aunque la tacita aceptación se supone por el uso de la marca
desde el 2004, y es un hecho público y Notorio debidamente registrado, en
medios de comunicación, y en los mismos procesos legales por ellos emprendidos,
si no fuese así, entonces porque demandar a alguien que no ha aceptado el
documento y la sesión a su favor como cierta y valida?
Este proceso está en curso en etapa de decisión, en espera del
pronunciamiento del Juez encargado de la causa. Esperando se imponga la ley y
la Razón.
SITUACION ACTUAL
Recientemente (Febrero 2014) fue procesada una denuncia
penal hecha por nuestra parte ante la fiscalía
Decimo Octava a Nivel Nacional con Competencia en Materia de Propiedad Intelectual,
en contra de los Señores Carmen María Núñez,
Rosana Núñez, Michel Paradas y a su falsa agrupación mejor conocidos como ”
Los Tapa Amarilla”, por los delitos de:
·
Comunicación
no autorizada de fonogramas en grado de continuidad,
·
Uso,
Reproducción, comercialización y distribución no Autorizado de una Obra de
ingenio en Grado de Continuidad.
·
Y
falsificación de la marca,
Delitos sancionados por la Ley de Derechos de Autor en sus artículos 119, 120, 121, en
concordancia con los artículos 99 y 338 del código penal.
POR LOS TANTO LOS CIUDADANOS, CARMEN
MARIA TORRES, ROSANNA NUÑEZ Y MICHEL PARADAS ESTÁN IMPUTADOS EN ESTE
PROCESO ACTUALMENTE.
Está claro que la situación es confusa y se trata de una persecución, aunque para nosotros sea Clara
ya que hemos dirigido a la agrupación desde el 2004, y hemos logrado los éxitos
más rotundos del hoy cuarteto musical, son testigos de ello los Artistas, Chino y Nacho, Luifer y Emilio de Los
Cadillacs, Carlos Lion de Los Lazaros, Omar Acedo, Rein Rodríguez, Kent Jaimes del duo Kent y Tony entre
muchos otros.
Por eso decidimos hacer este comunicado para evitar falsas expectativas
a quienes creen en la buena fe de las personas y se ven envueltos en estafas y
engaños.
Lamentamos toda esta situación, pero se nos hace necesario hacer la
aclaratoria en vista de que recientemente la Empresa Cobi Music, alega ser representantes de la Agrupación Calle Ciega lo cual es falso, y pretenden mantener en promoción fraudulenta
ante los medios de comunicación un tema musical producido por Franco Bellomo de titulo “Dame un Poquito” que interpretan unos
usurpadores montados para tal fin y esto es totalmente ilegal , porque no
tienen ninguna autorización para fungir como distribuidores, comercializadores,
y menos usar las Obras de Ingenio y los
fonogramas correspondientes a la Marca Calle Ciega. Por lo tanto están incurriendo en los mismos
delitos señalados anteriormente.
Y les recordamos que al apoyar esta situación se configura un delito que
acarreara acciones legales que insistimos estamos dispuestos a tomar en función
de defender la Marca que por hecho y derecho hemos representado por más de 10
años. Y repetimos lamentamos los efectos contra terceros que estas acciones conllevarían
a todo aquel que se haga eco de esta estafa apoyándolos por desconocimiento o
no.
Esperamos de corazón no sean estafados por estas personas y quedamos
para Uds. ante cualquier interrogante al respecto, además ofrecemos a solicitud
documentos que avalan lo antes expuesto a través de oficinacalleciega@hotmail.com, o por las redes sociales @CalleCiegaVE en twitter , o
Calleciegalosnenesdelacasa en Facebook.
Agradecemos a los medios de comunicación la distribución de este
comunicado, para evitar males entendidos
Enrique Verhelst P.
Por Calle Ciega
Entertaiment
Los Sr(es), CARMEN
TORRES, ROSANNA NUÑEZ Y MICHEL PARADAS ESTÁN IMPUTADOS en los Delitos
sancionados por la Ley de Derechos de
Autor art. 119, 120, 121 en concordancia con los art. 99 y 338 del Código
Penal.